18 TLC firmados, el más reciente el CEPA Vietnam–EAU, junto con los formularios de C/O correspondientes y los errores más comunes.
Un Certificado de Origen (C/O) es el “boleto” que permite a las mercancías vietnamitas beneficiarse de aranceles preferenciales al ingresar a un mercado socio de un TLC. Elegir el formulario de C/O equivocado, o pasar por alto un nuevo TLC, hace que una empresa termine pagando aranceles adicionales innecesarios.
A mediados de 2026, Vietnam ha firmado, o prácticamente concluido las negociaciones de, 18 TLC, tras completar las negociaciones del TLC con el bloque EFTA (Suiza, Noruega, Islandia, Liechtenstein) en junio de 2026. Los principales TLC actualmente vigentes incluyen: ATIGA (ASEAN), ACFTA (ASEAN–China), AKFTA (ASEAN–Corea del Sur), AJCEP, VJEPA (Japón), AANZFTA (Australia–Nueva Zelanda), AIFTA (India), VKFTA (bilateral con Corea del Sur), VCFTA (Chile), el TLC VN–UEEA, el CPTPP, AHKFTA (Hong Kong), el EVFTA (UE), el UKVFTA (Reino Unido), el RCEP y el TLC VN–Israel.
El Acuerdo de Asociación Económica Integral (CEPA) entre Vietnam y los Emiratos Árabes Unidos entró oficialmente en vigor el 3 de febrero de 2026, el primer TLC de Vietnam con una nación árabe, abriendo la puerta a los mercados de Oriente Medio y África. El CEPA cuenta con 18 capítulos y 15 anexos, que abarcan comercio de bienes, servicios, inversión, aduanas y reglas de origen.
Cada TLC tiene su propio formulario de C/O; usar el formulario equivocado es una razón común por la que los envíos pierden el trato preferencial:
La falta de coincidencia en los criterios de origen (mercancías totalmente obtenidas — WO, o que cumplen el criterio de cambio de clasificación arancelaria — CTC, o que alcanzan el umbral de contenido de valor regional — VA/RVC) es el error más común, especialmente en mercancías fabricadas con materiales importados de varios países. Un C/O suele ser válido durante 12 meses desde la fecha de emisión, y las empresas deben conservar el expediente original durante al menos 5 años para una posible inspección posterior al despacho. Bajo los mecanismos de autocertificación (EVFTA, CPTPP), las empresas asumen toda la responsabilidad por la exactitud de su declaración de origen, un riesgo legal mayor que el de un C/O emitido por una autoridad competente.
Sí, pero la mercancía quedará sujeta al arancel normal/de nación más favorecida del país importador, en lugar del arancel preferencial del TLC.
El TLC con el bloque EFTA (Suiza, Noruega, Islandia, Liechtenstein), con negociaciones concluidas en junio de 2026, llevando el total a 18 TLC.
No; ambos permiten la autocertificación de origen, sin necesidad de un C/O emitido por una autoridad estatal.
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